Sirviendo los 78 municipios de Puerto Rico
Proceso de Valoración Propiedad
Proceso de Valoración

Proceso de Valoración para Seguros de Propiedad

Cuando su aseguradora le ofrece menos de lo que merece, el Proceso de Valoración (Appraisal) bajo la Regla 106 del Código de Seguros de Puerto Rico es su herramienta más poderosa para obtener una compensación justa.

¿Qué es el Proceso de Valoración?

El Proceso de Valoración (conocido en inglés como "Appraisal") es un método alterno de resolución de conflictos establecido por la Regla Número 106 del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, emitida por la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS).

Conforme al Artículo 2 de la Regla 106, este proceso tiene como propósito brindar a las partes una alternativa rápida, económica, no contenciosa e informal para resolver las discrepancias que surjan en torno a la cuantía de los daños o pérdidas en una reclamación bajo una póliza de seguros de propiedad, tanto en la línea comercial como personal.

La base legal se encuentra en los Artículos 2.030, 9.301 y 11.190(3) del Código de Seguros de Puerto Rico. A diferencia de un litigio judicial, el Proceso de Valoración se enfoca exclusivamente en determinar el valor de la pérdida — no en cuestiones de cobertura.

Importante: El Proceso de Valoración no constituye una renuncia al derecho del asegurado de acudir a los tribunales.

Vinculante

El acuerdo de dos de los tres miembros del panel (tasadores y árbitro) es vinculante para ambas partes.

Regla 106

Regulado por la Regla 106 del Código de Seguros de Puerto Rico y supervisado por la OCS.

Panel Imparcial

Tasadores competentes de cada parte y un árbitro (umpire) del Registro de la OCS.

Eficiente

Se resuelve en semanas o meses, no en años como un litigio judicial.

★ El Proceso según la Regla 106 ★

¿Cómo Funciona el Proceso de Valoración?

1

Solicitud

Cualquiera de las partes notifica por escrito su petición de someterse al Proceso de Valoración.

2

Tasadores

Cada parte selecciona su propio tasador (appraiser) competente e imparcial dentro de 10 días.

3

Reunión Inicial

Los tasadores tienen 15 días para reuniones, inspecciones y deliberaciones iniciales para intentar un acuerdo.

4

Árbitro (Umpire)

Si no hay acuerdo, los tasadores seleccionan un árbitro imparcial del Registro de Árbitros de la OCS.

5

Determinación

El árbitro resuelve sobre alcance de daños, matching y causalidad. El acuerdo de 2 de 3 es vinculante.

★ Artículo 10 — Regla 106 ★

Alcance del Árbitro en el Proceso

Alcance de los Daños

Scope and Extent of Loss

El árbitro puede determinar la cuantía de las cosas, objetos o artículos dañados, la extensión del daño, y el costo de reemplazo o reparación para devolver la propiedad a su condición anterior al evento.

Apariencia Uniforme

Matching

Cuando parte de la propiedad requiera reemplazo y no armonice en color, tipo o calidad con la parte adyacente, el árbitro puede determinar el costo de reemplazar para alcanzar uniformidad.

Causalidad

Causation

El árbitro puede dirimir si los daños fueron causados por el evento cubierto, si fueron preexistentes, o si fueron causados por desgaste o deterioro natural de la propiedad.

Daños de propiedad en Puerto Rico

¿Por Qué es Tan Importante en Puerto Rico?

Puerto Rico ha enfrentado desastres naturales devastadores en años recientes. Después de cada evento, miles de propietarios reciben ofertas de seguros significativamente por debajo del costo real de reparación.

Las aseguradoras utilizan estimados que no reflejan los costos locales de construcción, ignoran daños ocultos, o aplican depreciación excesiva. El Proceso de Valoración bajo la Regla 106 nivela el campo de juego.

  • Huracán María (2017): Más de 287,000 reclamaciones presentadas
  • Terremotos del suroeste (2020): Miles de propiedades dañadas
  • Huracán Fiona (2022): Daños extensos en toda la isla
  • Muchas reclamaciones siguen subpagadas o sin resolver

Oficina del Comisionado de Seguros (OCS)

La OCS es la entidad gubernamental que regula y supervisa el Proceso de Valoración en Puerto Rico. Mantiene el Registro de Árbitros autorizados y los formularios oficiales para solicitar el proceso.

Visitar OCS — Proceso de Valoración

Correo para Proceso de Valoración

[email protected]

Teléfono OCS

787-304-8686 | 1-888-722-8686

Dirección

Edificio World Plaza, 268 Ave. Muñoz Rivera, Piso 9, San Juan, PR 00918

¿Su aseguradora le ofrece menos de lo justo?

Invoque el Proceso de Valoración con la ayuda de ProClamHelp. Nuestros tasadores certificados conocen la Regla 106 y el mercado de Puerto Rico.